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Los metales son elementos químicos presentes de forma natural en el medio ambiente (suelo, agua, atmósfera), pero la contaminación de los alimentos también puede proceder de actividades humanas (agricultura, industria, gases de escape de automóviles, contaminación durante el procesado y almacenamiento de alimentos). Su acumulación en el organismo puede tener efectos nocivos con el tiempo.
Alimentación humana
El Reglamento (CE) nº 2023/915 establece contenidos máximos de plomo, cadmio, arsénico, mercurio y níquel en los alimentos de consumo humano. El Reglamento (CE) nº 396/2005 también establece LMR para el cobre y el mercurio.
LÍDER
Las matrices reguladas son diversas. Incluyen materias primas de origen vegetal como frutas, verduras, cereales, legumbres y especias, así como productos transformados como vino, zumos de frutas y aceites. El plomo también está regulado en productos de origen animal, como la carne, los productos pesqueros, los moluscos bivalvos, la leche cruda y la miel. También se fijan niveles máximos para los complementos alimenticios acabados, la sal y los productos destinados a lactantes y niños pequeños.
CADMIO
Las matrices reguladas incluyen frutas, hortalizas, semillas oleaginosas, legumbres secas, cereales, carne, productos de la pesca y moluscos bivalvos, productos de chocolate, sal, complementos alimenticios acabados y productos destinados a BBF. El Reglamento 2023/1510, aplicable desde el 10 de agosto de 2023, ha introducido un límite para las chufas (souchet) y modificado los contenidos máximos para determinadas setas cultivadas (distintas de las setas ostra, shiitake y botón).
MERCURA
Las matrices reguladas incluyen principalmente el pescado, con niveles diferenciados según la especie, así como los complementos alimenticios acabados y la sal. Los LMR de mercurio también se definen en el reglamento 2018/73 por el que se modifica el reglamento CE 396/2005 para matrices de origen vegetal y animal (excluido el pescado). La Recomendación 2022/1342 recomienda vigilar la presencia de metilmercurio y mercurio total en peces, crustáceos y moluscos, teniendo en cuenta el tipo de producción (de piscifactoría o de captura silvestre).
ARSÉNICO INORGÁNICO
El arsénico inorgánico está regulado principalmente en el arroz y los productos a base de arroz, los zumos de frutas y los alimentos para BBF.
ARSÉNICO TOTAL
En la actualidad, el arsénico total sólo está regulado en la sal.
NÍQUEL
El Reglamento 2024/1987 establece niveles máximos de níquel para frutos de cáscara, hortalizas, algas, legumbres secas, semillas oleaginosas, cereales, productos de cacao y chocolate, alimentos destinados a lactantes y niños de corta edad, y zumos de frutas, néctares y zumos de hortalizas. Estos límites se aplicarán a partir del 1 de julio de 2025, con la excepción de los cereales, que entrarán en vigor el 1 de julio de 2026.
La Recomendación 2024/907 recomienda vigilar la presencia de níquel en los complementos alimenticios, el chocolate, los productos para untar (chocolate y frutos secos), el cacao en grano, los productos a base de cereales (especialmente los cereales para el desayuno, los copos de cereales y los productos de avena molida), las sopas listas para el consumo, el café, el té, las verduras, las algas, las semillas oleaginosas, los productos a base de soja (como el tofu y las bebidas a base de soja), las legumbres, los frutos secos, el pescado y otros mariscos.
COBRE
Los LMR de cobre se establecen en el Reglamento (CE) nº 396/2005 para las materias primas de origen vegetal y animal.
Alimentación animal
La Directiva 2002/32/CE establece niveles máximos de arsénico total, cadmio, plomo, mercurio y flúor en la alimentación animal. En cuanto al arsénico inorgánico, en 2022 se publicó una recomendación de seguimiento para la alimentación animal.
Un proyecto de texto prevé modificar los contenidos máximos de arsénico total, cadmio y plomo definidos en la Directiva 2002/32/CE.
Debe añadirse un contenido de níquel para las siguientes materias primas: ácidos grasos esterificados con glicerol, mono-, di- y triglicéridos de ácidos grasos, sales de ácidos grasos, ácidos grasos brutos, ácidos grasos puros destilados, glicerina bruta y glicerina.
Agua para consumo humano
El decreto de 30 de diciembre de 2022 establece límites de calidad y referencias para determinados metales en las aguas destinadas al consumo humano.
Se establecen límites de calidad para el antimonio, el arsénico, el boro, el cadmio, el cromo, el cromo VI, el cobre, el mercurio, el níquel, el plomo, el selenio y el uranio.
También se establecen normas de calidad para el aluminio total, el bario, el cobre, el hierro total y el manganeso.
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