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Se ha publicado en el DOUE el Reglamento (UE) 2020/703 por el que se modifica el Reglamento (CE) Nº 396/2005.
Este Reglamento modifica los LMR de residuos de dimetoato y ometoato en las cerezas frescas.
La sustancia activa "dimetoato" se prohibió mediante el Reglamento de aplicación (UE) 2019/1090 y las autorizaciones de los productos fitosanitarios que la contienen se retiraron antes del 31 de diciembre de 2019. El período de gracia concedido por los Estados Miembros era hasta el 30 de septiembre de 2019 para las especialidades utilizadas en las cerezas.
Por consiguiente, los LMR para el dimetoato y el ometoato se redujeron a 0,01 mg/kg en las cerezas frescas.
El presente Reglamento es aplicable a partir del 16/12/20.
Tenga en cuenta que nuestro laboratorio lleva a cabo el análisis del dimetoato y el ometoato en productos no grasos de origen vegetal bajo la acreditación del COFRAC (Alcance N°1-1904 disponible en el sitio web del COFRAC).
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