La recomendación (UE)
2018/464 sobre el control de los metales y el yodo en las algas marinas, las halófitas y los productos a base de algas marinas se publicó el 21 de marzo de 2018 en el Diario Oficial de la Unión Europea
Los datos disponibles muestran que las algas marinas contienen arsénico, cadmio, plomo, mercurio y yodo en cantidades significativas.
Las algas y las halófitas se consumen cada vez más en la Unión Europea, por lo que es necesario evaluar la exposición del consumidor europeo a estas sustancias para juzgar la necesidad de establecer niveles máximos.
Por otro lado, estos compuestos también deberían controlarse en los aditivos de algas marinas para los que se establecen criterios segun el Reglamento (UE) 231/2012, así como en las algas utilizadas como alimento para animales en la Directiva 2002/32 / CE.
Se recomienda que los Estados miembros, en colaboración con los operadores de empresas alimentarias y de piensos, controlen para los años 2018, 2019 y 2020 la presencia de arsénico, cadmio, plomo, mercurio y yodo en las siguientes matrices. :
– Halófitos comestibles, incluidos Salicorna europaea y Tetragonia tetragonoides
–Especies de algas marinas que permitenreflejar los patrones de consumo y utilización en la alimentación animal, como Ecklonia bicyclis (aramé), Fucus vesiculosus (algas vesiculares), Palmaria palmata (dulse, goemon), Hizikia fusiforme (hijiki o hiziki), Chondrus crispus (pioka, musgo irlandés, alga blanca), Laminaria digitata (Breton kombu, laminaria digitalis, mago látigo), Laminaria japonica / Saccharina japonica (kombu), Porphyra y Pyropia spp. (nori, algas rojas de ambos géneros), Ascophyllum nodosum (algas negras), Ulva sp. (lechuga de mar, Ulve), Himanthalia elongata (frijol marino, espagueti de mar, himanthale), Fucus serratus (fucus / algas serradas), Codium sp. (codiums), Sacharina latissima (kombu real, laminaria dulce, cinturón de hombro de Neptuno), Undaria pinnatifida (wakame, helecho marino) y Alaria esculenta (wakame atlántico / irlandés, kelp alado).
– Aditivos alimentarios a base de algas marinas, incluidos E 400, E 401, E 403, E 404, E 405, E 406, E 407, E 407a y E 160a(iv).
Deben seguirse los procedimientos de muestreo establecidos en el Reglamento (CE) no 333/2007 y el Reglamento (CE) no 152/2009 para garantizar la representatividad de la muestra.
El análisis de mercurio debe realizarse preferiblemente determinando el contenido de metilmercurio y de mercurio total, y el análisis de arsénico debe realizarse determinando el contenido total de arsénico inorgánico y arsénico y, de ser posible, arsénico de otras formas relevantes
Actualmente, solo el mercurio tiene un LMR de acuerdo con el Reglamento (CE) n. ° 396/2005 en algas y organismos procarióticos, fijado en 0,01 mg / kg.
Por otro lado, en Francia, el Conseil Supérieur d'Hygiene Publique de Francia emitió un dictamen en el que se establecieron los siguientes límites (valores expresados en relación con el extracto seco):
– Arsenico inorganico: 3mg/kg
– Cadmio: 0.5mg/kg
– Mercurio: 0.1mg/kg
– Plomo: 5mg/kg
– Yodo: 5000mg/kg
Tenga en cuenta que nuestro laboratorio lleva a cabo el análisis de arsénico (inorgánico y total), cadmio, plomo y mercurio (orgánico y total) en algas y productos derivados bajo acreditación de COFRAC.