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Acaba de publicarse el Reglamento 2023/377 de la UE, que modifica los LMR de BAC y DDAC, clorprofam, flutriafol, metazacloro, nicotina, profenos, quizalofop-P, tiabendazol y triadimenol.
El BAC y el DDAC no son sustancias activas aprobadas para su uso en productos fitosanitarios. Sin embargo, ambas sustancias son biocidas utilizados como desinfectantes. Este uso puede dejar residuos detectables en los productos alimenticios. Por ello, se fijaron LMR provisionales mediante el Reglamento 1119/2014.
Estos LMR han sido revisados:
- BAC : todos los LMR se mantienen en 0,1 mg/kg en todas las matrices.
- DDAC : los LMR en productos de origen vegetal se reducen de 0,1 a 0,05 mg/kg. Se mantienen en 0,1 mg/kg en los productos de origen animal.
El LMR de clorprofam en patatas se ha aumentado de 0,4 mg/kg a 0,35 mg/kg. El clorprofam está prohibido en la UE, pero se ha fijado un LMR temporal para las patatas porque los datos de seguimiento revelaron una posible contaminación cuando se almacenan en instalaciones con antecedentes de uso de clorprofam.
El LMR de flutriafol para el arroz se ha aumentado de 1,5 mg/kg a 1 mg/kg.
Los LMR para cucurbitáceas de piel no comestible (melones, calabazas, sandías) se aumentan de 0,01 y 0,2 mg/kg a 0,3 mg/kg. Se trata de una tolerancia de importación, ya que el flutriafol está autorizado en EE.UU. en cucurbitáceas no comestibles.
El LMR de metazaclor en coles verdes (hojas de col) se aumentó de 0,2 mg/kg a 0,15 mg/kg.
El LMR para la inflorescencia de la col (brécol, coliflor) se aumentó de 0,4 mg/kg a 0,06 mg/kg.
El LMR para los