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Los alcaloides del cornezuelo son toxinas producidas por un hongo -Claviceps purpurea- que es parásito del centeno y otros cereales.
La presencia de estas sustancias en los productos alimenticios puede provocar efectos adversos para la salud y, por tanto, suponer un riesgo para la misma.
Acaba de publicarse en el Diario Oficial el Reglamento (UE) 2021/1399 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1881/2006 en lo que respecta al contenido máximo de esclerocios y alcaloides del cornezuelo de centeno en determinados productos alimenticios.
A continuación se indican los productos alimenticios y los límites asociados para la suma de alcaloides del cornezuelo:
- Productos molidos de cebada, trigo, escanda y avena (con un contenido de cenizas inferior a 900 mg/100 g): 100 μg/kg y luego 50 μg/kg a partir del 01/07/24
- Productos de la molienda de cebada, trigo, escanda y avena (con un contenido de cenizas igual o superior a 900 mg/100 g) y granos de cebada, trigo, escanda y avena comercializados para su venta al consumidor final: 150 µg/kg
- Productos de molinería de centeno y centeno comercializado para su venta al consumidor final: 500 μg/kg hasta el 30/06/24 y luego 250 μg/kg a partir del 01/07/24
- Gluten de trigo: 400µg/kg
- Preparados a base de cereales para lactantes y niños pequeños: 20µg/kg
Los productos alimenticios comercializados antes del 1 de enero de 2022 pueden permanecer en el mercado hasta su fecha de duración mínima o de caducidad.
Para ayudar a los productores, transformadores e industriales del sector de los cereales a hacer frente a esta nueva normativa, el laboratorio Phytocontrol le ofrece la cuantificación de estos alcaloides gracias a un método específico por HPLC-MS/MS bajo acreditación COFRAC.
Puede consultar nuestro anexo técnico COFRAC N°1-1904 disponible en su zona