Article réservé aux abonnés
La Comisión Europea acaba de poner a disposición una nota informativa sobre el artículo 20 del Reglamento 396/2005. El objetivo de este documento no es establecer factores de transformación armonizados a nivel de la UE ni fijar LMR específicos para los productos alimenticios transformados, sino orientar sobre cómo aplicar las disposiciones de este artículo.
Artículo 20 del Reglamento CE 396/2005:
LMR para productos transformados y/o compuestos
1. Cuando en los anexos II o III no se establezcan LMR para alimentos o piensos transformados o compuestos, los LMR aplicables serán los establecidos en el apartado 1 del artículo 18 para el producto correspondiente comprendido en el anexo I, teniendo en cuenta las variaciones del nivel de residuos de plaguicidas debidas a la transformación o a la mezcla.
2. Podrán añadirse a la lista del Anexo VI factores específicos de concentración o dilución para determinadas operaciones de transformación y/o mezcla o para determinados productos transformados y/o compuestos. Esta medida, destinada a modificar elementos no esenciales del presente Reglamento, se adoptará con arreglo al procedimiento de reglamentación con control contemplado en el artículo 45, apartado 3
Los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) nº 396/2005 son en su mayoría productos no transformados, pero el anexo I también incluye algunos productos transformados (secos), como el té, las especias o las infusiones. Los LMR se aplican directamente a estos productos, no es necesario tener en cuenta otros factores de secado. Sin embargo, si se realizan otras operaciones de transformación en estos productos, deben aplicarse factores de transformación.
La lista de matrices reguladas en el anexo I del Reglamento (CE) nº 396/2005 puede consultarse en el sitio web de la Comisión Europea.
Determinación del factor de transformación (Pf):
Este factor se calcula a partir del nivel de residuos en el producto procesado dividido por el nivel de residuos en el producto crudo correspondiente (producto no procesado) según la siguiente fórmula:
Si Pf es > 1 = Factor de concentración (los residuos se concentran en el producto procesado)
Si Pf es < 1 = Factor de dilución (los residuos se diluyen, se eliminan, se degradan en el producto procesado)
Si Pf es = 1: el procesamiento no ha provocado cambios en los niveles de residuos.
Cálculo del LMR del producto transformado (LMR derivado):
Para evaluar el cumplimiento de un LMR, el "LMR derivado" del producto transformado se obtiene multiplicando el Pf por el LMR del correspondiente producto no transformado incluido en el anexo I :
Ejemplos:
Se encontraron 2,2 +/- 1,1 mg/kg de pentiopirad en las ciruelas secas no deshuesadas.
El LMR para el pentiopirad en las ciruelas frescas con hueso se establece en 1,5 mg/kg.
La mediana del PM de las ciruelas secas es de 1,4 (fuente: base de datos de la EFSA)
Cálculo: 1,5 * 1,4 = 2,1 mg/kg
Teniendo en cuenta una incertidumbre del 50% aplicada por los organismos oficiales de control, el resultado es conforme (2,2 +/- 1,1 mg/kg < 2,1 mg/kg).
Se encontró 0,36 +/- 0,18 mg/kg de boscalid en el zumo de manzana (clarificado, pasteurizado).
El LMR para el boscalid en las manzanas frescas está fijado en 2 mg/kg.
La mediana de Pf para el zumo de manzana es de 0,08.
Cálculo: 2 * 0,08 = 0,16 mg/kg
Teniendo en cuenta una incertidumbre del 50% aplicada por los organismos oficiales de control, el resultado no es conforme (0,36 +/- 0,18 > 0,16 mg/kg)
Cálculo del LMR aplicable a un producto alimenticio compuesto por diferentes ingredientes :
Si en el alimento compuesto se utilizan los productos no transformados contemplados en el anexo I en forma transformada (por ejemplo, desecados), deberán tenerse en cuenta además los factores de transformación. Esto no se aplica a los productos del anexo I que ya están secos (té, infusiones y especias).
Determinación del factor de secado :
El factor de secado específico del producto se calcula sobre la base del contenido de materia seca de la materia prima (producto del Anexo I sin transformar) y del producto seco derivado de ella, y son por tanto específicos del proceso de secado utilizado:
Cálculo del LMR del producto desecado (LMR derivado):
El LMR desecado puede calcularse multiplicando el LMR del producto del Anexo I no elaborado por el factor de desecación del producto desecado correspondiente:
Determinación del factor de rendimiento :
El factor de rendimiento (%) es la masa del producto transformado (en kg) dividida por la masa del correspondiente producto no transformado contemplado en el anexo I del Reglamento (CE) nº 396/2005 (en kg) y multiplicada por 100.
Durante el procesado (calentamiento, ebullición, fracción del producto eliminada) pueden eliminarse los residuos de plaguicidas y, por tanto, puede sobrestimarse el nivel de residuos en el producto sin procesar. Por lo tanto, este factor sólo puede considerarse cuando no se dispone de otros factores de procesamiento.
Existen diferentes fuentes de bases de datos que indican los factores de procesamiento:
A nivel europeo:
Base de datos ESFA: incluye los factores de transformación de las publicaciones de la EFSA hasta junio de 2016.
A nivel nacional:
Base del BfR alemán (Instituto Federal Alemán de Evaluación de Riesgos)
Base de datos del RIVM holandés (Instituto Nacional de Salud Pública y Medio Ambiente)
Base de datos española de la AESAN (Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición)
A nivel internacional :
Base de datos de la JMPR (Reunión conjunta FAO/OMS sobre residuos de plaguicidas)
Diferentes sectores alimentarios también han establecido listas de factores de transformación, como la ESA (Asociación Europea de Especias), FEDIOL (Federación Europea de la Industria de las Semillas y las Frutas), THIE (Tea and Herbal Infusions Europe)...
Tenga en cuenta que laboratorio Phytocontrol ofrece análisis de residuos de plaguicidas bajo la acreditación COFRAC. Puede consultar nuestro anexo técnico COFRAC N°1-1904 disponible en su área de clientes o en la página web de COFRAC.
Puede ponerse en contacto con nuestro departamento de atención al cliente para cualquier consulta en +34 900 804 577 o espana@phytocontrol.com
Y para estar al día de las novedades de Phytocontrol, únase a nosotros en nuestras páginas de LinkedIn.