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ANSES ha publicado recientemente una nota sobre una solicitud de apoyo científico y técnico para la refundición de la Directiva 98/83 / CE que modificada sobre la calidad del agua destinada al consumo humano. La experiencia colectiva fue llevada a cabo por el grupo de expertos colectivos de emergencia GECU «Reformulación de la Directiva EDCH».
La Comisión Europea (CE) publicó el 1 de febrero de 2018 una propuesta para refundir esta Directiva 98/83 / CE. Este nuevo texto debería ser adoptado a finales de 2018.
El proyecto de revisión incluye una actualización de la lista de parámetros a analizar y valores paramétricos asociados de acuerdo con la evidencia científica más reciente.
Aquí están algunos de los comentarios hechos por el GECU con respecto a esta actualización:
– la GECU aprueba la introducción de bacteriófagos en la propuesta de Directiva con un valor paramétrico de 0 PFU / 100 ml.
– El GECU apoya la introducción del parámetro Legionella y recomienda el análisis simultáneo de L. spp y L. pneumophila y la clarificación de los umbrales propuestos.
– Con respecto a E. coli, bacterias coliformes y enterococos, el GECU propone reemplazar el valor de «0 en 100 ml» expresando el resultado en la forma «no detectada en 100 ml» y especificar los métodos que se utilizarán para el análisis en agua bruta.
– El GECU recomienda agregar enterococos intestinales a la lista de parámetros «fundamentales» de la misma manera que E. coli en términos de su resistencia a los tratamientos de desinfección y para mantener las bacterias coliformes como un indicador de la eficacia del tratamiento.
– La GECU recomienda que las esporas de Clostridium perfringens no se incluyan en los parámetros «fundamentales», de modo que su investigación pueda adaptarse de acuerdo con el análisis de riesgos.
– La GECU recomienda mantener el parámetro Pseudomonas aeruginosa en el anexo I de la propuesta de Directiva, ya que es una bacteria potencialmente patógena y es un indicador del buen mantenimiento de la línea de embotellado.
– La GECU considera que la búsqueda de oocistos de Cryptosporidium y quistes de Giardia sería relevante en el agua cruda (aguas superficiales y subterráneas influenciadas por aguas superficiales) como parte de las solicitudes de autorización para usar agua para producir un EDCH.
– La GECU propone establecer un valor límite de 1 NFU para la turbidez en el punto de distribución de EDCH y establecer un valor de 2 NFU en el grifo del consumidor para tener en cuenta la posible degradación de la calidad del agua en la red pública y privada (problemas de corrosión en particular).
– El GECU está a favor de la introducción de los parámetros de clorato, clorito, ácido haloacético y uranio en el proyecto de refundición de la Directiva.
– El GECU observa que los valores propuestos para la suma de PFAS y moléculas individuales no se basan en consideraciones de salud. En vista del gran número de moléculas que constituyen la familia química de alquil y polifluorado, destaca la necesidad de definir una lista de compuestos a buscar (con su número CAS) y asociar valores individuales.
– El GECU subraya la importancia del tema de la exposición a los disruptores endocrinos y es consciente de las fuertes preocupaciones expresadas sobre el posible impacto en la salud de estos compuestos.
Con respecto a las 3 moléculas propuestas, la GECU enfatiza, en particular, restricciones analíticas muy fuertes, riesgos de contaminación de muestras durante el muestreo y el análisis, la baja contribución del agua potable a la exposición dietética total para BPA y nonilfenol y valores paramétricos propuestos muy inferiores a los valores de referencia de salud existentes.
Por lo tanto, la GECU considera que la introducción de estas 3 sustancias en el anexo I de la Directiva no es relevante.
– El GECU recomienda proponer un valor paramétrico para todas las microcistinas cuantificables y especificar que es la suma de las microcistinas intracelulares y extracelulares.
– Con respecto a la toxicidad del cromo VI, el GECU está a favor de una disminución del valor paramétrico del cromo en el EDCH, pero estima que el valor propuesto debería ser del orden de 6 µg / L para el cromo VI.
Encontrará adjunta la nota completa de las ANSES: https://www.anses.fr/fr/system/files/EAUX2018SA0027.pdf
Tenga en cuenta que nuestro laboratorio está siguiendo de cerca este borrador de directiva para poder responder a futuras regulaciones.
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