El Reglamento de Ejecución de la UE n. ° 2019/1606 se ha publicado en el DOUE sobre la no renovación de la sustancia activa «metiocarb».
El metiocarb se usa en la UE en productos fitosanitarios para su aplicación a diversos cultivos: semillas (maíz), vid, tomates, pimientos, berenjenas, pepinos, pepinillos, calabacines, cebollas, puerros, ajo, chalotes, manzanas, peras, frutas de hueso , fresas, remolacha azucarera, papas, sandías, melones, coles.
La EFSA ha identificado un riesgo inaceptable para los trabajadores (incluso teniendo en cuenta el uso de equipos de protección personal) y un alto riesgo para las aves, los mamíferos y las lombrices de tierra. La Autoridad no pudo llevar a cabo la evaluación de riesgos para los consumidores porque la definición de residuos a los fines de la evaluación de riesgos para productos vegetales no se pudo finalizar, los datos disponibles no excluyen el potencial genotóxico del metabolito M01.
Los Estados miembros deben retirar las autorizaciones de los productos fitosanitarios que contengan la sustancia activa «metiocarb» a más tardar el 3 de enero de 2020. El período de gracia concedido por los Estados miembros para los productos fitosanitarios que contengan metiocarb expira el 3 de abril de 2020 a más tardar.
En Francia, todos los productos ya se han retirado, ya que el metiocarb ya no está autorizado como molusquicida desde 2014.
La regulación entró en vigencia el 30 de septiembre de 2019.
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