A principios de octubre de 2018, le informamos que se estaba discutiendo un proyecto de reglamento que modifica el Anexo III del Reglamento (CE) nº 1925/2006 en relación con los ácidos grasos trans distintos de los presentes naturalmente en las grasas animales.
A principios de octubre de 2018, le informamos que se estaba discutiendo un proyecto de reglamento que modifica el Anexo III del Reglamento (CE) nº 1925/2006 en relación con los ácidos grasos trans distintos de los presentes naturalmente en las grasas animales.
Tras la publicación del Dictamen científico de la EFSA del 4 de diciembre de 2009 y la adopción de un informe por parte de la Comisión el 3 de diciembre de 2015 sobre los efectos nocivos de la ingesta de ácidos grasos trans, un borrador para introducir un límite máximo para los ácidos grasos trans industriales en los alimentos se había iniciado.
Esto se hace ahora desde que el
Reglamento (UE) 2019/649 que modifica el Anexo III del Reglamento (CE) No 1925/2006 se acaba de publicar en el Diario Oficial de la UE el 25 de abril de 2019.
Este texto establece un límite reglamentario de 2 g / 100 g de grasa en productos alimenticios destinados al consumidor final y para la venta al por menor de ácidos grasos trans presentes naturalmente en las grasas de origen animal.
Por otra parte, para los productos alimenticios no destinados al consumidor final o para la venta al por menor, el Reglamento exige que los operadores de empresas alimentarias que suministran a otros operadores de empresas alimentarias proporcionen a los destinatarios de los envíos información sobre el contenido de los productos alimenticios. ácidos grasos trans (distintos de los ácidos grasos trans presentes naturalmente en las grasas de origen animal), cuando este contenido supera los 2 g / 100 g de grasa.
Este nuevo reglamento entrará en vigor 20 días después de su fecha de publicación.
Los alimentos que no cumplan con el límite establecido podrán comercializarse hasta el 1 de abril de 2021.