Article réservé aux abonnés
El 6 de agosto de 2020 se publicó la Decisión (UE) 2020/1161 por la que se establece la lista de vigilancia de sustancias sujetas a vigilancia en toda la UE en el ámbito de la política de aguas con arreglo a la Directiva 2008/105/CE.
La Directiva 2008/105/CE establece normas de calidad ambiental en el ámbito del agua.
Establece una lista de vigilancia de las sustancias para las que deben recogerse datos de vigilancia a nivel europeo.
Las sustancias seleccionadas son las que pueden suponer un riesgo significativo para el medio ambiente acuático y para las que se necesitan datos de vigilancia para evaluar el riesgo real.
La Comisión actualizará la lista de vigilancia cada dos años.
Sobre la base de los datos de vigilancia obtenidos desde 2018, la Comisión deseaba mantener en esta nueva lista: Metaflumizona, Amoxicilina y Ciprofloxacina, debido a la insuficiente cantidad de datos obtenidos.
Durante 2019, la Comisión reunió datos sobre una serie de otras sustancias que podrían incluirse en la lista de vigilancia. Se consultó a expertos de los Estados Miembros y grupos de interesados.
Se han añadido a la lista las siguientes sustancias:
- Sulfametoxazol, un antibiótico de sulfonamida
- Trimetoprim, un antibiótico de diaminopirimidina.
- El antidepresivo Venlafaxina y su metabolito O-desmetilvenlafaxina
- Tres fármacos azoles: Clotrimazol, Fluconazol y Miconazol
- Nueve plaguicidas: Imazalil, Ipconazol, Metconazol, Penconazol, Procloraz, Tebuconazol, Tetraconazol, Famoxadona y Dimoxistrobina.
Para más información, no dude en ponerse en contacto con nuestro servicio de atención al cliente Línea dedicada +33 800 900 775 o por correo electrónico service-clients@phytocontrol.com.