Reglamento de Ejecución (UE) 2018/555 de la Comisión, de 9 de abril de 2018, relativo a un programa de supervisión plurianual y coordinado de la Union para 2019, 2020 y 2021 para garantizar el cumplimiento de los niveles máximos de residuos de los pesticidas en los alimentos de origen vegetal y animal y para evaluar la exposición del consumidor a estos residuos se publicó el 10 de abril de 2018.
Esta reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 2019.
Una cuarentena de productos alimenticios constituyen los componentes principales de la dieta en la Unión.
Dado que los usos de los plaguicidas cambian considerablemente en un período de tres años, los plaguicidas deben controlarse en estos alimentos durante una serie de ciclos de tres años para evaluar la exposición del consumidor y la aplicación de la legislación de la Unión Europea.
La prueba cubrirá 683 muestras seleccionadas para 36 productos alimenticios diferentes.
El muestreo de estas muestras se repartirá entre los Estados miembros según la población, con un mínimo de 12 muestras por producto por año.
Las matrices objetivo serán:
En 2019: manzanas, fresas, melocotones, nectarinas, vino, lechuga, coles, tomates, espinacas, grano de avena, granos de cebada, leche de vaca y grasa de cerdo.
Para 2020: naranjas, peras, kiwis, coliflores, cebollas, zanahorias, patatas, frijoles secos, granos de centeno, arroz integral (arroz descascarillado), grasas de aves de corral y grasas de oveja.
En 2021: uvas de mesa, plátanos, pomelos, berenjenas, brócoli, melones, champiñones, pimientos / pimientos dulces, granos de trigo, aceite de oliva virgen, grasa bovina y huevos de pollo.
En el Anexo I, Parte C de la regulación, encontrará la lista de las moléculas que se buscarán por matriz.
Aquí está el enlace a la regulación:
Reglamento (UE) 2018/555
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