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Acaba de publicarse el Reglamento 2023/1536 por el que se modifica el Reglamento 396/2005. Modifica los LMR de nicotina en las especias.
Especias de semillas y frutas (vainilla)
Los LMR están fijados actualmente en 0,3 mg/kg.
El Reglamento 2023/337, publicado en febrero de 2023, prevé la reducción de este LMR a 0,02 mg/kg antes del 14/09/23.
El Reglamento 2023/1536 prevé aumentar este LMR a 0,05 mg/kg antes del 15/09/23.
Canela
El LMR está fijado actualmente en 4 mg/kg.
El Reglamento 2023/337 prevé una reducción a 0,07 mg/kg antes del 14/09/23.
El Reglamento 2023/1536 prevé su aumento a 0,2 mg/kg antes del 15/09/23.
Tés
El artículo 2 de este reglamento establece que para los tés producidos o importados en la UE antes del 14/09/2023, se sigue aplicando el LMR de 0,6 mg/kg.
Este reglamento se aplica a partir del 15/09/2023.
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