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El Reglamento (CE) nº 1881/2006 y sus numerosas modificaciones establecen el contenido máximo de los siguientes contaminantes en los productos alimenticios:
Este Reglamento ha sido objeto de importantes cambios en los últimos tiempos, por lo que la Comisión Europea ha decidido derogarlo y sustituirlo por el Reglamento UE 2023/915.
Los cambios introducidos por este rediseño son los siguientes:
El cadmio permanece principalmente en estos residuos, por lo que el contenido de cadmio de la cerveza es muy bajo.
Según los datos analíticos disponibles, en estas matrices se encuentra una cantidad insignificante de HAP.
El Codex Alimentarius ha adoptado un nivel máximo para los preparados líquidos para lactantes que la UE ha aceptado.
Mejora de la legibilidad de las normas: menos notas a pie de página, ahora se incluye una columna "nota" después de la columna de contenido máximo.
Aumento de las referencias en la nota (1) que remite al anexo I del Reglamento 396/2005. Sólo figuraban frutas, hortalizas y cereales; se añadieron frutos de cáscara, semillas oleaginosas y especias.
Los niveles máximos no se han modificado.
Este reglamento es aplicable a partir del 25/05/2023.
Tenga en cuenta que laboratorio Phytocontrol ofrece análisis de estos contaminantes bajo acreditación COFRAC. Puede consultar nuestro anexo técnico COFRAC N°1-1904 disponible en su área de clientes o en la página web de COFRAC.
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