Article réservé aux abonnés
Acaba de publicarse el Reglamento 2023/377 de la UE, que modifica los LMR de BAC y DDAC, clorprofam, flutriafol, metazacloro, nicotina, profenos, quizalofop-P, tiabendazol y triadimenol.
El BAC y el DDAC no son sustancias activas aprobadas para su uso en productos fitosanitarios. Sin embargo, ambas sustancias son biocidas utilizados como desinfectantes. Este uso puede dejar residuos detectables en los productos alimenticios. Por ello, se fijaron LMR provisionales mediante el Reglamento 1119/2014.
Estos LMR han sido revisados:
El LMR de clorprofam en patatas se ha aumentado de 0,4 mg/kg a 0,35 mg/kg. El clorprofam está prohibido en la UE, pero se ha fijado un LMR temporal para las patatas porque los datos de seguimiento revelaron una posible contaminación cuando se almacenan en instalaciones con antecedentes de uso de clorprofam.
El LMR de flutriafol para el arroz se ha aumentado de 1,5 mg/kg a 1 mg/kg.
Los LMR para cucurbitáceas de piel no comestible (melones, calabazas, sandías) se aumentan de 0,01 y 0,2 mg/kg a 0,3 mg/kg. Se trata de una tolerancia de importación, ya que el flutriafol está autorizado en EE.UU. en cucurbitáceas no comestibles.
El LMR de metazaclor en coles verdes (hojas de col) se aumentó de 0,2 mg/kg a 0,15 mg/kg.
El LMR para la inflorescencia de la col (brécol, coliflor) se aumentó de 0,4 mg/kg a 0,06 mg/kg.
El LMR para los rábanos pasó de 0,4 mg/kg a 0,06 mg/kg.
El LMR de nicotina en escaramujos pasó de 0,3 mg/kg a 0,2 mg/kg.
El LMR de hierbas y flores comestibles se redujo de 0,4 mg/kg a 0,1 mg/kg.
El LMR en setas silvestres (frescas) se redujo de 0,04 mg/kg a 0,02 mg/kg.
El LMR en el té se redujo de 0,6 mg/kg a 0,5 mg/kg.
Este LMR temporal será válido durante tres años a partir de la publicación del presente Reglamento. Después de esa fecha, el LMR será de 0,4 mg/kg, salvo modificación posterior.
El LMR en tisanas se reduce de 0,5 mg/kg a 0,3 mg/kg.
El LMR para las "especias en forma de semillas" y las especias en forma de frutos se reduce de 0,3 mg/kg a 0,02 mg/kg.
El LMR para todas las demás especias se aumentó de 4 mg/kg a 0,07 mg/kg.
Para todos los demás productos para los que no se ha fijado un LMR específico, se aplica la LOQ.
Los LMR de profenofós en hierbas y flores comestibles se reducen de 0,05 mg/kg a 0,03 mg/kg.
El LMR de quizalofop en alcaravea se reduce de 0,05 mg/kg a 0,04 mg/kg.
El LMR de tiabendazol en mango se redujo de 7 mg/kg a 5 mg/kg.
El LMR en la leche de vaca se redujo de 0,2 mg/kg a 0,1 mg/kg.
La aprobación del triadimenol expiró el 31 de agosto de 2019, por lo que los LMR se han reducido al LOQ.
El artículo 2 de este reglamento especifica que los antiguos LMR siguen aplicándose a los alimentos producidos o importados en la Unión antes del 14 de septiembre de 2023, con la excepción de los escaramujos y los tés que contienen nicotina.
El reglamento será aplicable el 14/09/2023.
Tenga en cuenta que su laboratorio Phytocontrol ofrece análisis de residuos de plaguicidas bajo acreditación COFRAC. Puede consultar nuestro anexo técnico COFRAC N°1-1904 disponible en su área de clientes o en la página web de COFRAC.
¿Necesita información técnica, reglamentaria o sobre precios? Nuestro servicio de atención al cliente está a su disposición de 9 a 18 horas de lunes a viernes en el 900 804 577 o en espana@phytocontrol.com.
Y si no quiere perderse ninguna de las novedades de Phytocontrol, ¡únase a nosotros en nuestra página de LinkedIn!