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Transposición de la directiva 2020/2184 - Nuevo RD 03/2023 sobre los criterios técnico sanitario de la calidad del agua de consumo, su control y suministro
El 11 de enero de 2023 salió publicado el nuevo RD 03/2023 que sustituye al RD 140/2003 con la transposición de la directiva 2020/2184.
Se introducen nuevos criterios y procedimientos para garantizar la calidad de al agua en función del origen y ámbito de aplicación, de forma especifica se regula la calidad del agua en la empresa alimentaria, estableciendo:
En cuanto a los criterios de calidad del agua, se introducen nuevos límites para:
-Legionella spp, no contemplada en el RD 140/2003
-Bisfenol A
-Clorato, clorito
-Uranio
-Sumatorio de ácidos haloacéticos (HAH)
-Sumatorio 20 PFAS
Además, establece que los análisis y frecuencias a realizar en :
-Controles rutinarios incluyen además del control organoléptico (ya impuesto en el RD140/2003), la determinación de turbidez, pH y cloro residual, en los casos en los que se use como desinfectante productos que liberan cloro.
-Análisis de control : siempre se deberá controlar E.coli, Enterococos, Coliformes, Aerobios a 22°C , organoléptico, pH, conductividad y turbidez.
Como en el RD 140/2003 se deberá controlar el cloro residual cuando se utilicen desinfectantes que puedan liberar cloro y nitritos color combinado y amonio cuando se realice una cloraminación.
Además de controlar el aluminio o hierro a la salida del ETAP o deposito de cabecera cuando se utilicen sales de estos elementos en el tratamiento de potabilización, y el clostridium perfingens.
Como novedad introduce el control de clorito y clorato o trihalometanos o ácidos haloáceticos cuando los valores superen los limites fijados en el anexo I en el ultimo análisis completo.
-Análisis completo: siempre se deberá controlar E.coli, enterococos, clostridium perfingens (incluidas esporas), acrilamida, antimonio, arsénico, benceno, benzo(a)pireno, bisfenol A, boro, bromato, cadmio, cianuro, cloruro de vinilo, cobre, cromo total, 1,2 dicloroetano, epiclorhidrina, fluoruro, mercurio, níquel, nitratos, nitritos, plomo, selenio y uranio. Además de plaguicidas, sumatorio de PFAS, HAP, tricloroeteno, tetracloroeteno, ácidos haloáceticos, trihalometanos. También se incluyen bacterias coliformes, aerobios, colifagos somáticos, organoléptico, pH, aluminio, amonio, cloruro, conductividad, hierro, manganeso, índice de langelier, sodio, sulfato, turbidez, clorato, clorito, coloro combinado y residual.
En aguas de embalse, lago o laguna se incluye el control de microcistina.
Si el punto de muestreo es la red de distribución se debe controla también que el nivel de fluoranteno no supere 0.01 µg/L
-Control de grifo: siempre se deberá controlar E.coli, aerobios a 22°C, organoléptico, turbidez, pH, conductividad, cloro libre residual y plomo.
Cuando se utilice la cloraminación se deberá controlar el cloro combinado, residual, nitritos y amonio.
Si se sospecha que las tuberías son metálicas se debe controlar el cobre, cromo total, níquel u otro parámetro cuando se sospeche que la instalación tiene ese tipo de material.
En caso de tuberías de plásticos, se deberá controlar el cloruro de vinilo y bisfenol A.
En edificios prioritarios se debe controlar la legionella spp, en hospitales y centros sanitarios además se debe incluir el control pseudomona aeruginosa y temperatura del agua fría y caliente.
-Control de radioactividad: siempre se controlará la actividad α total y la actividad β resto, en función de la fuente del agua se incluirá el control de radón (agua subterránea) y tritio (agua superficial)
En función del volumen de agua consumida se establece una frecuencia de muestreo, a considerar que el mínimo establecido es de 3 análisis de control, 1 análisis completo, 1 control de grifo al año y 1 análisis cada 5 años de radioactividad. En cambio, en edificios prioritarios se establece un mínimo de 2 controles anuales de grifo en función de los puntos de acceso al agua.
Los edificios prioritarios se consideran hospitales, clínicas con >200 camas, residencias y geriátricos con 200 camas, hoteles, aparthoteles y edificios turísticos con 500 plazas de alojamiento; centros de enseñanza de 1000 plazas, instalaciones deportivas cubiertas de 3000 m2 y centros penitenciarios de 1000 plazas.
En Phytocontrol podemos acompañarle en la puesta en marcha y revisión del plan de control de aguas en sus instalaciones, no dude en consultar nuestro equipo llamando 900 804 577 o enviando un correo espana@phytocontrol.com. Le animamos a seguir las ultimas noticias en nuestra pagina de Linkedin.