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Se acaba de publicar la Recomendación 2022/C 206/01 sobre el control del arsénico inorgánico en los piensos.
Las formas inorgánicas y orgánicas del arsénico difieren en su toxicidad.
Los compuestos orgánicos de arsénico tienen un potencial tóxico muy bajo en contraste con los compuestos inorgánicos. Por lo tanto, los posibles efectos adversos del arsénico sobre la salud vienen determinados por la fracción inorgánica de un alimento.
Actualmente, la Directiva 2002/32/CE establece niveles máximos en los piensos para animales sólo para el arsénico total.
Para considerar el establecimiento de niveles máximos para el arsénico inorgánico, este texto recomienda monitorear la presencia de arsénico inorgánico en las siguientes materias primas
Harina de hierba, harina de alfalfa deshidratada y harina de trébol deshidratada;
Pulpa de remolacha seca (azúcar) y pulpa de remolacha seca (melaza);
Expulsor de palmiste;
Peces y otros animales acuáticos y sus productos;
Harina de algas y materias primas derivadas de las algas;
Piensos compuestos que contengan pescado, otros animales acuáticos y sus productos y/o harina de algas y materias primas derivadas de algas.
También debe determinarse el contenido de arsénico total en las mismas muestras para determinar la relación entre el arsénico inorgánico y el arsénico total.
Para garantizar que las muestras son representativas del lote del que se han tomado, debe seguirse el procedimiento de muestreo establecido en el Reglamento (CE) nº 152/2009.
Tenga en cuenta que laboratorio de Phytocontrol ofrece análisis de arsénico total e inorgánico bajo la acreditación COFRAC, puede consultar nuestro anexo técnico COFRAC N°1-1904 disponible en su área de clientes o en la página web de COFRAC.
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