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El 3-MCPD y sus ésteres y los ésteres de ácidos grasos del glicidol son contaminantes de reciente formación presentes en ciertos aceites vegetales y alimentos procesados. Los ésteres del 3-MCPD y el glicidol se forman especialmente durante el proceso de refinado del petróleo.
El 3-MCPD y sus ésteres se consideran potencialmente cancerígenos para el ser humano. Se ha establecido una IDT (Ingesta Diaria Tolerable) para el grupo en 2 µg/kg de peso corporal por día.
Los límites máximos de estos compuestos se establecen en el Reglamento (CE) nº 1881/2006 sobre contaminantes :
- El Reglamento (CE) 1881/2006 fijó los límites máximos de 3-MCPD libre en la salsa de soja y las proteínas vegetales hidrolizadas en 20 µg/kg.
- El Reglamento (UE) 2018/290 por el que se modifica el 1881/2006 establece los límites máximos de ésteres de ácidos grasos de glicidol en aceites y grasas vegetales y animales :
- Aceites y grasas vegetales, aceites de pescado y otros organismos marinos: 1 000 µg/kg
- Aceites y grasas vegetales, aceites de pescado y otros organismos marinos para la producción de alimentos infantiles y alimentos elaborados a base de cereales para lactantes y niños pequeños: 500 µg/kg
- Preparados para lactantes, preparados de continuación, alimentos para usos médicos especiales para lactantes y niños pequeños y preparados para lactantes: 50 µg/kg para los preparados en polvo y 6 µg/kg para los preparados líquidos.
- El Reglamento (UE) 2020/1322 que modifica el 1881/2006 y que es aplicable desde el 01/01/2021, establece límites para la suma de 3-MCPD y sus ésteres en los aceites y grasas vegetales y animales :
- Aceites y grasas vegetales: 1 250 µg/kg o 2 500 µg/kg según el